Ordenanzas para el govierno de la labor de monedas, que se fabricaren en la real casa de moneda de Mexico, y demas de las Indias, en quanto fueren adaptables a esta. Ministros, oficiales, y operarios que se han de ocupar; sueldos, que han de gozar, encargos, y obligaciones de cada uno; derechos que se señalan para costéar las labores de las monedas: ensayes, que han de hacerse de ellas, y de las barras, y piezas de oro, y plata; con lo demas, que ha de observarse
0000; Gale Group; Linguagem: Spanish
Resumo
Title vignette (coat of arms) Plan de sueldos (3 p.) dated 1797, tipped in. Book.
Referência(s)