Escandaloso, ofensivo y malsonante. Censura y vigilancia de la prosa espiritual en la España del Siglo de Oro
2014; Presses Universitaires du Mirail; Issue: 120-121 Linguagem: Espanhol
10.4000/criticon.845
ISSN2272-9852
AutoresMaría José Hidalgo de la Vega,
Tópico(s)Latin American history and culture
ResumoEl artículo propone una primera aproximación a los usos y sentidos del escándalo en el período áureo, entendido como un tipo específico de heterodoxia, como una forma de disenso, como una de las clases de propositiones damnabiles y, en consecuencia, como un instrumento censorio, que permitió la vigilancia y control de la escritura y, fundamentalmente, de la prosa vernacular. El recorrido por las acepciones del escándalo se funda en dos tipos de fuentes: en los tratados de fide (o en las secciones sobre esta materia en los tratados de teología dogmática) y en los índices de libros prohibidos promulgados en la segunda mitad del siglo xvi, entre 1544 y 1596. Se consideran también, aunque de forma secundaria, algunas sentencias y juicios dogmáticos que permiten la identificación y valoración de las obras que son consideradas y prohibidas por escandalosas. En este contexto discursivo, esto es, en el dogmático y el censorio, el escándalo aparece siempre como causa mayor de prohibición de libros, y en frecuente asociación con otros dos términos, con los que parece tener fronteras conceptuales porosas: lo malsonante (male sonans) y lo ofensivo (o que ofende las orejas pías, pias aures offendens). El examen de los paratextos de todos los índices de libros prohibidos del siglo xvi evidencia que estas tres categorías son las que permiten juzgar la heterodoxia de las obras en prosa cuando su desviación no alcanza la gravedad de la herejía y del error de fe. Tanto lo escandaloso como lo ofensivo y lo malsonante forman parte de la nómina de notae theologicae o qualificationes que se define en los tratados de teología y que adoptan los compiladores de los catálogos prohibitorios en Italia, España, Francia y Portugal. El análisis de los sentidos que se concede al escándalo en las obras teológicas del siglo xvi permite postular la relevancia de la obra de Melchor Cano (De locis theologicis) para sentar la interpretación de estas notae minores, inferiores a la herejía, y detectar su utilidad para contener la crítica religiosa en la prosa de ficción. La nota de escándalo se aplica, ante todo, a algunas obras y coloquios de Erasmo, a la casi totalidad de los diálogos eramistas, y a la novella de Boccaccio y de sus imitadores del siglo xvi. Es también una de las notas que justificó la censura de los Comentarios al Catecismo de Bartolomé de Carranza o la prohibición tardía de la Celestina. Su utilización permite explicar la prohibición de muchas obras no heréticas en los catálogos españoles y portugueses del siglo xvi.
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