CONSTITUCIONAL Y LEGALMENTE, EL NASCITURUS ES PERSONA Y TITULAR DEL DERECHO A LA VIDA *
2006; University of La Sabana; Volume: 10; Issue: 1 Linguagem: Espanhol
ISSN
2027-5382
Autores Tópico(s)Legal processes and jurisprudence
ResumoConcepto sobre el proceso de constitucionalidad de los articulos 122 a 124 del Codigo Penal colombiano. La reflexion se soporta sobre las siguientes lineas generales: El nasciturus como persona y titular del derecho a la vida, donde se repasa la doctrina de la misma Corte Constitucional, quien en sentencias previas ha reconocido al nasciturus como un ser humano; si se acepta esta realidad, debe admitirse que constitucionalmente tiene derecho a la vida, y si los derechos humanos se predican de los seres humanos, todo ser humano es titular del derecho a la vida. Sobre el inicio de la vida humana, se recuerdan los hechos embriologicos y geneticos con los que los cientificos aseguran que en la fecundacion se inicia una nueva vida humana. De la afectacion de los derechos de la mujer embarazada, se hace una exposicion sobre los derechos fundamentales de la mujer, y sobre la legitimidad constitucional de adscribir como norma el derecho a la vida del no nacido y, por lo tanto, no reconocer el ejercicio del aborto como legitimo derecho fundamental de la libertad procreativa de la mujer. Finalmente, se estudia el aborto como supuesto problema de salud publica y si es justificable su despenalizacion parcial.
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