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Cumplimiento e Incumplimiento Contractual en el Código Civil: Una perspectiva más realista

2007; Pontificia Universidad Catolica de Chile; Volume: 34; Issue: 1 Linguagem: Espanhol

10.4067/s0718-34372007000100004

ISSN

0718-3437

Autores

Alvaro Rodrigo Vidal Olivares,

Tópico(s)

Family and Matrimonial Law

Resumo

RESUMEN: En toda obligacion de origen contractual es posible distinguir un objeto de otro ideal, siendo este ultimo el relevante para apreciar el fenomeno del incumplimien- to y sus efectos. problema del incumplimiento se reduce a si el deudor desplego, o no, la conducta debida y esta es la que inicialmente proyectaron las partes. deudor junto con obligarse a dar o a hacer alguna cosa, debe emplear en la ejecucion de su prestacion una diligencia promotora del cumplimiento, que se materializa en la adopcion de medidas concretas para la superacion de obstaculos o impedimentos que afecten el fiel desarrollo de la prestacion, sean o no previsibles. incumplimiento es un hecho objetivo que se identifica con cualquier desviacion del programa de prestacion respecto de la conducta desplegada por el deudor en cumplimiento del contrato. Ese incumplimiento, carente de una valoracion subjetiva, es el que permite articular el sistema de los remedios de que dispone el acreedor y entre los cuales puede optar mas o menos libremente. Palabras Clave: obligacion, cumplimiento, incumplimiento. ABSTRACT: Every obligation arising from a contract is composed of a so-called real object and an ideal object, the latter of which being relevant when the issue of non compliance is at stake and when its effects are to be determined. The non compliance problem can be summed up as follows: has the debtor adopted the appropriate behaviour and is the behaviour he finally adopted the one both parties had initially agreed upon? The debtor does not only oblige himself to give or to do something. He must also perform his obligation in such a way that actively promotes compliance, i.e. take concrete measures in order to overcome hurdles or obstacles which could possibly interfere with a dutiful fulfillment of the obligation, no matter how foreseeable such obstacles could be. Non compliance is an objective fact that identifies itself with any deviation by the debtor * Este trabajo se enmarca en una linea de investigacion que se viene desarrollando desde el ano 2003 y que parte de los resultados obtenidos han sido incluidos en un trabajo que esta en prensa y en el se estudia, por un lado, el modelo de obligacion considerado por Andres Bello, el de las obligaciones de dar una especie o cuerpo cierto y sus consecuencias en el ambito de los efectos del incumplimiento y, por otro, el de las obligaciones con objeto fungible a las que el legislador le presta una menor atencion, pero que son las que prevalecen hoy en el trafico juridico. Sobre esa base se intenta una relectura a partir de las normas y principios que rigen esta clase de obligaciones, en particular, las de dar un genero y las de hacer, con la colaboracion de los principios que inspiran el sistema en la Convencion de Viena y los Principios de Derecho Europeo de los Contratos. trabajo se titula El incumplimiento de obligaciones con objeto fungible y los remedios del acreedor afectado. Un intento de relectura de las disposiciones del Codigo Civil sobre incumpli- miento y que sera publicado en las Actas del Congreso Internacional en conmemoracion del centesimo quincua- gesimo aniversario de la promulgacion del Codigo Civil de Chile. En el presente articulo se persigue profundizar acerca de uno de los aspectos del trabajo anterior, el del cumplimiento e incumplimiento contractual.

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