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EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA BUENA ADMINISTRACION EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Y EN LA UNIÓN EUROPEA

2014; Universidad Nacional del Litoral; Volume: 1; Issue: 2 Linguagem: Espanhol

10.14409/rr.v1i2.4619

ISSN

2362-583X

Autores

Xaime Rodríguez-Arana Muñoz,

Tópico(s)

Human Rights and Immigration

Resumo

La consideración central del ciudadano en las modernas construcciones del Derecho Administrativo y la Administración pública proporciona el argumento medular para comprender en su cabal sentido el nuevo derecho fundamental a la buena administración señalado en el proyecto de la Constitución europea (artículo II-101), de acuerdo con el artículo 41 de la Carta Europea de los derechos fundamentales. El fundamento reside en intentar construir una concepción más justa y humana del poder, que cómo consecuencia del derecho de los ciudadanos a gobiernos y administraciones adecuados, se erijan en instrumentos idóneos al servicio objetivo del interés general, tal y como establece categóricamente el artículo 103 de la Constitución española.

Referência(s)