Artigo Acesso aberto

Trámite de la sucesión intestamentaria ante notario público en este Estado de Jalisco

2018; Volume: 3; Issue: 8 Linguagem: Espanhol

10.32870/dgedj.v0i8.147

ISSN

2448-5136

Autores

César Jiménez,

Tópico(s)

Legal processes and jurisprudence

Resumo

La presente investigación aborda el problema que representa la imposibilidad de que el Notario Público tramite una sucesión desde la etapa de denuncia, aún cuando tenga la cualidad de perito en derecho, de distinguir perfectamente entre las personas que se piensan herederos, y quienes realmente lo son, por ley. Es así como podemos cuestionarnos sobre si, ¿Debería el notario tramitar las sucesiones intestamentarias desde el inicio o necesariamente debe declararse por un juez quiénes son los herederos y albaceas del de cujus? Es necesario analizar la naturaleza jurídica del procedimiento para comprender que el Notario es plenamente capaz de llevar la primera etapa sucesoria con total apego a la ley y con un mejor grado de satisfacción de los familiares, además de una importante descongestión de los órganos jurisdiccionales. Las bases doctrinales usadas, en conjunto con los resultados y sucesiones tramitadas ante notarios de diversos estados de la república, así como de diversos países latinoamericanos, comprobarán que las sucesiones intestamentarias ante notario son benéficas para los familiares.

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