Ejecución del acto presunto por silencio administrativo según la legislación y la jurisprudencia Ecuatoriana
2021; Volume: 4; Issue: S1 Linguagem: Espanhol
10.51247/st.v4is1.111
ISSN2773-7349
AutoresJuan Francisco Alvarado Verdezoto, Pérez Andrade Melanie Nicole,
Tópico(s)Criminal Justice and Penology
ResumoLa legislación ecuatoriana establece la figura del silencio administrativo positivo como regla general ante la ausencia de un pronunciamiento expreso por parte de las administraciones públicas en un término de treinta días. Sin embargo, no se determina con claridad cómo debe ser ejercitado el derecho de petición para generar actos presuntos estimatorios plenamente ejecutables ante la jurisdicción contenciosa administrativa. Este trabajo se ha realizado con el afán de definir los elementos indispensables en una petición y su capacidad de generar un acto presunto estimatorio, ejecutable ante la jurisdicción contencioso administrativa. Lo cual ha podido lograrse empleando métodos científicos como el método cualitativo, histórico lógico, e inductivo-deductivo, basándose en diversas fuentes bibliográficas de autores clásicos como modernos, así como normativa histórica y desarrollo jurisprudencial en materia Contencioso Administrativa.
Referência(s)