Reglamento "Roma II" y derechos de la personalidad: reflexiones para formular una norma de conflicto que preserve adecuadamente el ejercicio del derecho a la información y de la libertad de expresión

2012; Center for Political and Constitutional Studies; Volume: 16; Issue: 43 Linguagem: Espanhol

ISSN

1989-5569

Autores

Laura García Gutiérrez,

Tópico(s)

Family and Matrimonial Law

Resumo

Las intromisiones ilegitimas en los derechos de la personalidad y, en particular, el derecho a la intimidad, al honor y a la propia imagen, fueron excluidas del ambito de aplicacion material del Reglamento Roma II sobre la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales, lo que nos ha situado en una posicion poco deseable, desde el punto de vista del Derecho Internacional Privado, que favorece claramente el forum shopping. En este trabajo, se defiende la formulacion de una norma de conflicto especial unica para todos los Estados miembros, basada en el criterio de conexion residencia habitual del presunto responsable del dano. Esta solucion favorece la previsibilidad y la certeza tanto para los medios de comunicacion, como para cualquier particular que quiera revelar un hecho o manifestar una opinion. Ademas, es la mas compatible con un ejercicio razonable de la labor de los medios de comunicacion, que no tendrian que someter el ejercicio su actividad a una multiplicidad de estandares de proteccion de los derechos de la personalidad en funcion de la residencia habitual de la victima. Se trata ademas de un punto de conexion que enlaza con la logica del Estado de origen. En los casos en que esta conexion no resultase operativa se podria acudir a la regla de los vinculos mas estrechos. Del mismo modo, esta regla podria operar como clausula de escape.

Referência(s)